jueves, 24 de enero de 2013





     MONASTERIO DE PALAZUELOS

          PLEITOS Y EJECUTORIAS
                         (1500-1835)


      Iª PARTE: ESTUDIO PRELIMINAR





       FERNANDO HERRERO SALAS



  


     MONASTERIO DE PALAZUELOS

         PLEITOS Y EJECUTORIAS
                       (1500-1835)








      Iª PARTE: ESTUDIO PRELIMINAR





FERNANDO HERRERO SALAS






©  F. Herrero Salas
Valencia, Noviembre 2008.








A MODO DE PRÓLOGO

Una vez estudiada la documentación existente sobre las Ejecutorias del Monasterio, que ocupan un lugar importante en la documentación del mismo, ya que reflejan los numerosos conflictos a que el Monasterio de Palazuelos tuvo que hacer frente y resolver por la vía judicial, presentamos ahora un Estudio de las mismas, sin entrar en demasiados tecnicismos. No fueron sólo pleitos de carácter civil lo que ocupó al Monasterio, sino que tuvo otros muchos de carácter eclesiástico, pero que sólo tratamos aquí  de forma muy escueta.

Siendo una cuestión compleja toda la mecánica de los pleitos civiles, que comienzan con un requerimiento judicial, nos adentramos en la compleja fase judicial de sentencias y apelaciones, incumplimiento de las Ejecutorias y nuevo pleito con su correspondiente nueva Ejecutoria, procedimiento judicial que se tramitaba a través de la Real Chancillería de Valladolid. La temática de nuestro trabajo es suficientemente atractiva, pero también compleja, lo cual requería un estudio específico, que es lo que hemos pretendido hacer en esta “Primera Parte” de la obra, después de habernos ocupado durante miles de horas en el traslado de una documentación extensa, a veces muy difícil de descifrar, pero que ofrecíamos en primer lugar sin dudar que la titulada como “Segunda Parte” - la de la misma documentación judicial – era la más interesante de cara a cualquier investigación posterior cuya relevancia para el estudio de la Historia y de la Historia del Derecho considerábamos evidente, y que consideramos podrá ser más útil a los investigadores especializados en esta especialidad.

Si titulábamos la Segunda Parte, la documental: ”MONASTERIO DE PALAZUELOS. PLEITOS Y EJECUTORIAS (1500 –1835). IIª PARTE: COLECCIÓN DOCUMENTAL” que ocupaba tres gruesos Volúmenes, presentamos hoy la Primera Parte a la que damos el título de MONASTERIO DE PALAZUELOS. PLEITOS Y EJECUTORIAS (1500 –1835). Iª PARTE: ESTUDIO PRELIMINAR”, esperando haber aclarado aquí las vicisitudes históricas que dieron lugar a tantos años de conflictos, así como algunas de las numerosas cuestiones técnicas legales que plantean las diferentes actuaciones del procedimiento jurídico de las EJECUTORIAS, que siguen la mecánica del proceso civil y que ofrecen diversas peculiaridades que hacen más rico el abanico de las actuaciones.

Esperamos que nuestro trabajo pueda publicarse algún día pues no existen, que sepamos, transcripciones de Ejecutorias, sobre todo desde un punto de vista global y cronológico de las vicisitudes y problemática de un señorío cualquiera embarcado en procesos civiles durante toda su historia. Esperamos que nuestro trabajo sea un pequeño grano de arena en el estudio sistemático de la evolución de la jurisprudencia partiendo – como debería hacerse - del estudio concreto de los miles de Ejecutorias que aún duermen en las estanterías de los Archivos y que requieren el trabajo generoso de muchos estudiosos.

La dificultad de la localización de algunas de las Ejecutorias existentes, y su dispersión en los más variopintos legajos, así como su falta de referencia archivística concreta en muchos casos, nos llevó a hacer una 2ª edición cuando pudimos encontrar entre las enormes filas de Ejecutorias, alguna Ejecutoria más no contemplada en la 1ª edición. Por ello no podemos poner tampoco punto final a nuestro trabajo, sobre todo si pretendemos lograr una imagen más global de las implicaciones del mundo de las Ejecutorias, estudio que probablemente extenderemos o se extiendan con las existentes, aún por desempolvar, pertenecientes a otros señoríos o concejos, aunque son los monasterios cercanos los que pueden ayudar acompletar los resultados hasta aquí conseguidos, que son sólo fruto de la documentación manuscrita existente en los Archivos referentes al Monasterio de Palazuelos. Y esto, porque esperamos encontrar aspectos sociológicos y jurídicos nuevos que puedan enriquecer el conocimiento histórico de los siglos XVI-XIX, junto con el tratamiento de los aspectos económicos que hasta este momento hemos venido tratando, de forma que alcancemos una visión globalizada convergente de los diferentes componentes que conforman la vida de estos siglos en Castilla y que esperamos que las nuevas aportaciones documentales, que vayan saliendo a la luz,  puedan aportar.

F. Herrero Salas.






     MONASTERIO DE PALAZUELOS

               PLEITOS Y EJECUTORIAS
                           (1500-1820)

Iª PARTE: ESTUDIO PRELIMINAR

INTRODUCCION HISTÓRICA

I. 1. LA CRISIS RELIGIOSA Y ECONÓMICA EN EL CÍSTER EN LOS SIGLOS XIV Y XV:  LAS ENCOMIENDAS

Desde el siglo XIV, el Cister entra en una profunda crisis espiritual y económica, como consecuencia de la relajación de la vida monástica, la encomienda o gestión de bienes a un señor a cambio de protección -llegan los señores a construirse sus propios panteones en el interior de los monasterios -, y la nefasta gestión de los abades comendatarios, que ni son monjes ni residen en el monasterio pero se aprovechan de sus rentas. Esta situación se resolverá con la reforma del Cister hispano y el nacimiento de la Congregación de Castilla. Así se inaugura una nueva etapa de esplendor monacal, caracterizada por la renovación profunda de la vida monástica, la recuperación económica y la influencia social y cultural de los monjes.

Especialmente fue la encomienda la fuente de males: Frente a un alto clero que ostentaba el estandarte de la feudalización para justificar su enriquecimiento, los clérigos inferiores vivían en pobreza e ignorancia. Mientras tanto, las caídas de rentas de las tierras habían afectado a la vida de los monasterios, al número de frailes que podía sustentar y admitir; sólo algunos monjes tenían dispensa de la observancia de la regla, no respetando su condición de clausura y pudiendo beneficiarse de un estado de cosas a río revuelto. Si a esto añadimos que las inmensas riquezas atesoradas por los monasterios excitaron la codicia de las familias nobles quienes acaparaban las abadías para sus vástagos y usurpaban las tierras monasteriales casi a su antojo, tenemos un cuadro sombrío de causas y efectos producidos en cadena desde el siglo XIV. A esto hay que añadir que también los obispos diocesanos disputaban los privilegios y el dinero que tenían los monasterios, mientras el Estado intenta acabar con los abadengos o restringir su crecimiento, y las masas populares, por su parte, reaccionan en algunos momentos contra la tutela monástica tan gravosa.

Lo cierto es que en 1338 las actas de una visita hecha en Castilla por orden del Papa a los monasterios nos permiten conocer que todos ellos se habían visto obligados a empeñar parte de sus tierras para cubrir gastos. El dinero estaba, pues, mal repartido, acaparado por unos pocos.

En una Constitución de Inocencio VI de 18 de mayo de 1355 se dice: “La experiencia ha evidenciado que los beneficios dados en encomienda desatienden el servicio divino y la cura de almas, no se observa en ellos el deber de la hospitalidad, los edificios se desmoronan porque nadie atiende a su reparación y conservación y se pierden además los derechos temporales y espirituales de los monasterios”. [1]

En 1380, durante el reinado de JUAN I en las Cortes de Soria  se declaran ilegítimas todas las encomiendas que no fuesen las que correspondían al monarca o a los nobles descendientes de los fundadores o las que buscaban los abades para la protección de sus villas. Se conmina a la nobleza para que legalice sus pretensiónes y usurpaciones.[2]
En 1380, 22 de Diciembre y siguientes días, poco después de celebradas las Cortes de Soria, Juan I dirige numerosas cartas a los monasterios que se habían quejado de las encomiendas a que estaban sujetas muchas de las heredades y bienes de dichos monasterios.[3]

Los abades comendatarios con apariencias nobles y desinteresadas, se apoderaban de los bienes de las abadías confiadas a sus cuidados, no como administradores fieles de acuerdo con los fines que perseguían muchos de los que daban o concedían las encomiendas, sino como buitres que se lanzan sobre el botín. Después de haber reducido el patrimonio de los monasterios a su mínima expresión, apenas si les dejaron algo para no morir de hambre sus moradores. En general, se apoderaban de los 2/3 de las rentas, dejando 1/3 para los monjes y de aquí la paradoja de que  monasterios que tenían extensas propiedades, se encontraban sumidos en la mayor de las miserias. Las iglesias se descuidaron hasta el punto de que se les caían. En los claustros no se veían más que tres o cuatro monjes solitarios y aburridos, sin ideal de vida monástica, que llegaban a admitir mujeres en su compañía y se dedicaban a jugar a los bolos en el refectorio.[4]

Pero no eran sólo los señores laicos los culpables de las encomiendas. En el año 1400, Bonifacio VIII inventó una gabela o imposición para ayudar a sostener la Cámara apostólica, denominada media “Annata”, es decir, el importe de la renta de medio año del primer año de todas las dignidades eclesiásticas y beneficios provistos por Roma. Cada obispo, abad o beneficiado que solicitase la provisión de algún cargo, bebía pagar a la Cámara apostólica  la mitad de los beneficios obtenidos en primer año que gozase de dicho beneficio. Para tener una norma fija, se hizo una tasación de las rentas que cada beneficio o prebenda producía cada año, se consignó en los libros respectivos de la Cámara Apostólica, y conforme a esa tasación debían aportar  la mitad de lo que produjera el primer año.
En aquellos tiempos correspondía a la Sede Apostólica la provisión de las abadías  - eran los tiempos de la encomienda - y por lo tanto siempre que la casa cambiaba de abad,  o se pedían bulas o privilegios, había que satisfacer la renta correspondiente. Así, una abadía tasada en 50 florines o ducados de cámara, cuyo valor es de trece reales y medio cada uno, debía pagar 553 reales.
Duró esta forma de contribución a la Sede Apostólica hasta que los monasterios se unieron a la congregación de Castilla. Perdiendo entonces el derecho a proveer abadías, la Cámara Apostólica discurrió un medio de suplir esa pérdida: Habría que pagar por medio de quindenios, es decir, una tasa a satisfacer por aquellas abadías  y entidades vacantes de 15 en 15 años. Si vacaba antes, se satisfacía en la misma forma que antes.

El período de la encomienda fue un período crucial para la Iglesia que duro desde el XIV al XV, y en que las principales dignidades y beneficios eran de carácter colaticio, estando por lo general en manos de la Santa Sede que les otorgaba a quienes le parecía. Así, muchos monasterios del Cister tuvieron superiores comendatarios que vivían lejos del monasterio y disfrutaban de sus rentas sin preocuparse de la vida de los monjes. Hay que tener en cuenta que 2/3 de las rentas del monasterio iban a parar a manos del abad, quien hacía con ello lo que bien le parecía. De muchas propiedades correspondientes a su mesa o incluso al convento las daba en foro a cambio de rentas y de defensa del Monasterio o de las villas que enajenaban y de esta forma algunos nobles pasaron a hacerse con gran parte de la hacienda de los Monasterios.

El conjunto de los males que afectaban al monacato cisterciense de la época fue resumido en una carta a los Reyes Católicos por el abad de Piedra en 1483.[5]
El abad de Piedra pone el dedo en la llaga de los males que sufrían los monasterios cargando las culpas sobre la encomendación por Roma de monasterios a perpetuidad. Estos encomendados se hacían “señores y propietarios” de los monasterios y sus bienes, y enajenaban bienes, derechos y vasallos en provecho propio, pues se ocupaban de los propios pleitos y procuraban favores de señores laicos y eclesiásticos, a quienes, a su vez, nombraban administradores de los bienes. Con lo cual la encomienda por el Papa hecha a un obispo o legado o cardenal terminaba siendo encomienda laica también. Hay que tener en cuenta que sus bienes – la mesa abacial - generalmente funcionaban ahora independientemente de los del convento – la mesa conventual -. Como por otra parte, estos abades pagaban la media annata a Roma, el sistema de abad perpetuo encomendado no podía menos que chocar con el sistema trienal de los Reformadores quienes exigían la restitución del voto de pobreza, la observancia de la vida comunitaria, la administración de todos los bienes por medio del monje cillerero, y la exención del pago de annata pagada por todos los monasterios no unidos a la Observancia. En efecto, se trata de una cuestión de fuertes intereses económicos más que ideológicos, que habían afectado a los Monasterios desde la muerte de Benedicto XII, quien había respetado la elección por cada Monasterio, no había exigido annatas, y había respetado el sistema de control del comportamiento del abad por medio del abad del Cister que hacía de “padre” de cada abadía. El abad de Piedra en su carta a los Reyes Católicos pone como ejemplo a los monjes reformados de la Orden de San Benito de Valladolid “que son nuestros padres”. Propone, sin embargo, una restitución a los abades comanditarios que accedan a la Reforma y elección por tres años, y en definitiva accedan a su sustitución.

Pero esto les saldrá muy caro a los Monasterios y será fuente de fuertes conflictos en casi todos ellos: En efecto las rentas que se lleven como pensión los abades perpetuos a cambio de su dimisión serán altísimas. Esto nos hace pensar en que el dinero fue el motor de todos los males.

La actuación de los pontífices fue ambigua, en todo caso. Intentaron ser árbitros en una situación muy confusa y, desde luego, quisieron disputar la primacía de la Casa Central del Cister tan en decadencia como el papado desde los Papas de Aviñón. El abad de Piedra se refiere a una situación que comenzó con el papado de Aviñón que exigía como requisito la bula papal confirmatoria de cada elección, sistema que servía para aumentar los ingresos de la Santa Sede, aunque no se inmiscuyeron en las elecciones abaciales propiamente dichas. A lo largo del s. XV los conventos continuaron “suplicando” al pontífice confirmase las elección hecha. Pero el Papado triunfante del Concilio extendió sus derechos al nombramiento efectivo de los titulares el abadiazgo. Este sistema se agravó en tiempos del Papa Sixto IV (1471-1484): las encomiendas hechas por este pontífice transcendían los aspectos religiosos para afectar a la política y la economía del reino castellano.

El Monasterio de Palazuelos no sufrió encomiendas, pero tuvo en cambio que defenderse de los señores laicos, poderes establecidos y otras fuerzas emergentes de manera que durante el siglo XIV estuvo expuesto a los avatares más diversos.
Es sólo a partir de su entrada en La Congregación de la Observancia a principios del XVI cuando pudo encauzar su situación, y ello gracias, en gran medida, a que pronto se convertiría en la Casa Central del Cister de Castilla y reinos asociados, lo que le daría la fuerza suficiente para luchar por sus derechos, ya que por él pasó la clase intelectual del Cister, donde no faltaron juristas.  Creemos que eso fue uno de los factores que le movieron a recurrir a la Justicia real en defensa de sus derechos.

I. 2. LA REVOLUCIÓN DE LOS PRECIOS EN EL SIGLO XVI

En contraste  con la tendencia regresiva del s. XV, los precios sufren en el s. XVI un tirón hacia arriba, que los desplaza del índice 100, en 1501, al índice  412, en 1600, o sea, que en el curso de un siglo se cuadruplicaron. Este alza la ha examinado Hamilton, quien propone la distinción de tres grandes etapas: de 1501 a 1550, alza moderada (el índice pasaría  de 33,26 a 69,05); de 1551 a 1600 (índice 137.23), alza culminante; de 1601  a 1650 (índice 143.22), estancamiento.

Es cierto que los precios siguen un tirón ininterrumpido hasta alcanzar en 1600 la cota más alta. Pero Vicens Vives[6] objeta que el alza de la primera mitad del siglo fuera “moderada”, puesto que precios más altos no significan máximo aumento, y que proporcionalmente  la subida de precios fue más elevada de 1501 – 1550 (107 por 100 de aumento) que en 1551 – 1600 (98 por 100). Los cálculos de Nadal [7] confirman lo mismo: el aumento  medio anual de los precios fue del 2,8 por ciento de 1501  a  1562, frente a un 1,3 por ciento  de 1562  a 1600.   Al máximo aumento absoluto de la segunda etapa  debe contraponerse el mayor aumento relativo de la primera, que es lo que refleja la  representación a escala semi-logarítmica de los mismos índices hamiltonianos. De lo que puede deducirse  incontrovertiblemente que  en la evolución de los precios  el año 1562  representa el hito que marca el paso  a una tendencia claramente alcista (1501-1562), promedio anual  de aumento: 2,8 por 100) a otra más moderada (1562-1600), promedio anual de aumento: 1,3 por 100).

La relación entre la masa monetaria y el  nivel de los precios no es  indicativa más que en economías muy primarias, como la del siglo XVI, o como las de los países subdesarrollados de hoy en día, en que como ha indicado Chabert el volumen de consumo va ligado estrechamente a la cantidad de moneda, y en cambio no sería aplicable a países con grandes posibilidades monetarias, donde no influye  decisivamente sobre el consumo global y, por consiguiente, el concepto de velocidad de circulación  pierde parte de su significado. Esta teoría hamiltoniana cuantitativa, sostenida por Hamilton, ya la habían sostenido los economistas de la Escuela de Salamanca del siglo XVI. En 1556 Azpilcueta enumera una serie  de razones  que pueden hacer cambiar el valor de la moneda. La séptima razón que da es la de que “la moneda vale más donde y cuando es escasa que donde es abundante”, y glosando esto, escribe: “Por la experiencia se ve que en Francia, donde hay menos dinero que en España, valen mucho menos el pan, el vino, los paños, y la mano de obra; y aun en España, el tiempo que había menos dinero, por mucho menos se daban las cosas vendibles, las manos y trabajos de los hombres, que después que las Indias descubiertas  la cubrieran de oro y plata”. [8]

Pero hay otra objeción que oponer a Hamilton: A nivel práctico las máximas de metal indiano se producen en la 2ª mitad del XVI, y no en la primera, aunque también es verdad, como sugiere Elliot[9], que la plata americana penetró en el circuito español  mayormente durante la primera mitad de siglo. Estamos así ante el dilema de dar algún peso  a la influencia  monetaria sobre los precios o de dársela toda, como quiere Hamilton.
Pero sin olvidar el factor monetario, de influencia cierta pero indeterminada, el proceso inflacionista del reinado de Carlos I, necesita más explicaciones: el factor del crecimiento demográfico  y el gran aumento de la deuda del Estado.

Como no tenemos elementos de juicio respecto a series estadísticas  sobre  cualquier aspecto de  la actividad productiva, el debate se ha de centrar, según Vicens Vives, en  la marcha comparada de precios y salarios.
Según Hamilton los salarios se rezagaron detrás de los precios pero no tanto como para producir ganancias extraordinarias. También Keynes señaló el alza excesiva de los salarios hispanos (muy cerca del nivel de los precios) como el responsable del retraso y freno al desarrollo del Capitalismo en España en ese siglo.

Pero hay que volver a examinar los salarios reales de la gran mayoría  de los españoles  - la gran masa agrícola -, pues los índices  salariales hispanos son una abstracción, y si examinamos algunos de los salarios, como el de albañil, con su correspondiente europeo, vemos una pérdida del poder adquisitivo de los salarios españoles  en un 40 %.

El error creemos está en considerar sólo los salarios industriales, cuando la mayor parte de la población depende del agro, y que por tanto los efectos inflacionistas han de medirse  en relación con la entidad  y disfrute  de la renta de la tierra.

En teoría aquella coyuntura alcista debería haber favorecido al agricultor, pero la estructura agraria castellana y la intervención  de estamentos  de la nobleza cuyo fin era sólo la especulación, junto con el cambio jurídico  del arrendamiento que pasó a realizarse en la forma de censos al quitar, se crearon nuevas explotaciones en baldíos para arrendarlas bajo cláusulas más restrictivas para el cultivador arrendatario.
Los productos del campo se  desvalorizaron  debido al autoabastecimiento de las Indias, los intereses se hicieron difíciles de pagar cuando algún año producía malas cosechas, disminuyendo también el número de brazos, disminuyeron  las cosechas por efecto  de la repercusión del alza de precios – y no al revés – y cuando salía al mercado el cereal se encontraba con la tasa. La tasa fue expresión de una política agraria  basada en el principio de favorecer  al consumidor, en detrimento del productor. A partir de 1539 la tasa se instaura de forma permanente, obedeciendo a la presión del proletariado urbano, que empezaba a formarse en las grandes ciudades.

La tasa colocó  al campesino  en situación  desventajosa  respecto a los restantes ramos  productivos, en los que vigía la libertad de precios. Esta situación se hizo insostenible  al agrandarse el desequilibrio  entre el rendimiento y los costos de la producción agrícola. Esto causó absentismo de los agricultores  y desvalorización del suelo, reducción del área cultivada  por efecto de la falta de brazos, aparición del mercado negro y el hambre. Esto hizo que los precios agrícolas a partir de 1570, y después de una cosecha pésima, los precios agrícolas se dispararan, igualando o superando  a los industriales.

La sucesión de tasas, su modificación, la infracción de ella cuando la oferta / demanda lo exigía por razones de extrema escasez en la producción hizo que los precios cerealísticos más que subir uniformemente lo hicieran dando saltos. Veamos los precios de algunos años y el  baile de las Pragmáticas modificando las tasas:

PRAGMÁTICA
1502-12
1513-38

1539-57
1558
1566
1571
1582
1598
Observación
Tasa
Suspensión de la tasa
Tasa


Oferta demanda


TRIGO
3,23
Precios  oferta/ demanda
 7
9,11
7
11
14
14
CEBADA
1,75
3,5
4
5,5
 5,5
6
7
CENTENO
2
4,7
5,88
5,88
5,88
 8
8
AVENA








PRAGMÁTICA
1605-19

1619-27
1628-32
1632-1650
Observación
Tasa obligatoria
Abolición tasa para productor
Tasa obligatoria
Abolición  tasas para productores
TRIGO
18
18
18
18
CEBADA
9
9
9
9
CENTENO
8
8
8
8
AVENA




(precios en reales por fanega)

Por su parte, Enrique LLOPIS[10] hace una corrección a Hamilton, de quien toma los datos de los índices fundamentalmente, y basándose en otros datos, como los del Monasterio de Sandoval, cuyos precios – sobre todo relativos al trigo - toma, a su vez, de José Antonio SEBASTIAN AMARILLA. Esa corrección se centra  en la utilización de métodos correctores o deflactores al analizar la evolución de las variables. Y esto lo justifica, creemos que con razón, basándose en que las series de Hamilton no son homogéneas y en que además no hace una distinción entre productos básicos y no básicos. De esta forma LLOPIS, siguiendo a MARTÍN ACEÑA, confecciona una cesta de la compra integrada por once productos: trigo, cebada, carne de vaca, carne de carnero, gallinas, congrio, queso, vino, aceite, velas de sebo y lienzo. Pero también se fija en la estructura del gasto familiar de los distintos  grupos sociales. Por lo tanto hay una primera división importante que hace: cesta de la compra para los pudientes y los no pudientes.

Aunque no estamos muy seguros de las correcciones que hace  a PHELPS BROWN y HOPKINS sobre el precio de la cebada, a quienes acusa de sobrevalorar ese precio, creemos que es muy razonable adoptar esta corrección ya que  las cestas de los que poco pueden y los pudientes son diferentes cualitativamente. El mismo LLOPIS está de acuerdo, por otra parte, en que  los cereales, la carne y el vino suponían una parte mayoritaria en el consumo tanto de unos como de otros, cifrándola en 78,9 por 100 para los que poco pueden y en un  62,5 por 100 para los pudientes.

Como no tenemos datos suficientes para hacer nuestras propias correcciones sobre todo para el ámbito de la Castilla la Vieja Central (Tierra de Campos y Montes Torozos), hemos de dar por buenas las correcciones que da Llopis, incluyendo en la cesta de los “pobres”  23 artículos: trigo, cebada, centeno, garbanzos, carne de vaca, carne de carnero, congrio, peces, truchas, sardinas, vino, manteca, aceite, velas de sebo, huevos, queso, miel azafrán, almendras, naranjas, pasas, lienzos y jabón. Ha tenido en cuenta la incidencia del consumo del centeno pues se consumía mezclado con el pan (morcajo) en toda Castilla.  Ha tenido en cuenta la importancia de los textiles también para este grupo.
La cesta de los “pudientes”, que integra 30 artículos, está compuesta de trigo, cebada, arroz, garbanzos, carne de vaca, cabrito, carne de carnero, gallinas, congrio, peces, truchas, sardinas, vino, manteca, aceite, velas amarillas, velas de sebo, huevos, queso, miel, azúcar, canela, clavos, pimienta, azafrán, almendras, naranjas, pasas, lienzos y jabón. Aquí no se considera el centeno, mientras la carne de carnero tiene más importancia.
A partir de ahí, hace unas ponderaciones  de los índices de los precios en la zona noroccidental de Castilla-León (en porcentajes).
 Los datos estadísticos descriptivos de las tasas de inflación son, así, distintos para  “los que poco pueden” y los “pudientes”: Así, la inflación acumulada  en el índice de los pobres (477,8 por 100) es superior  a la del índice de los “ricos” (435,4 por 100). En tasas anuales acumulativas, los precios aumentaron al 1,35 por 100 para los “que poco pueden” y al 1,29 por 100 para los “pudientes”. Tal diferencial se debe al mayor peso específico  de los cereales en la cesta de los pobres, dándose además la circunstancia de que se encarecieron entre finales del primer cuarto del XVI y mediados del XVII. Mayor diferencia se da aún en la volatilidad  de la inflación: entre 1518 y 1649, la desviación  típica del índice de los no pudientes es de 11,95 puntos porcentuales, y la de los pudientes de sólo un 8, 46 puntos.

La volatilidad de los índices de todos los grupos sociales  alcanzó  sus valores máximos  al principio  del período estudiado, entre  1518  y 1547.

Datos estadísticos descriptivos de las tasas de inflación, según LLOPIS



Los “pobres”
“Pudientes
Noroeste Castilla-León
1518 - 1650
Inflación acumulada
478,44
433,51
444,56
Tasa anual acumulativa
1,34
1,28
1,29
1518 - 1649
Inflación acumulada
477,80
435,44
448,86
Tasa anual acumulativa
1,35
1,29
1,31
Tasa anual media
2,03
1,64
1,93
Desviación típica
11,95
8,46
11,35
Coeficiente de asimetría
0,56
0,14
0,45

Análisis de volatilidad en la inflación por subperíodos
1518 - 1570
15,09
10,02
13,90
1571 - 1649
9,37
7,30
9,37
1518 - 1599
12,71
8,84
11,72
1600 - 1649
10,63
7,84
10,79

También trata de la diferencias entre las series de Castilla la Nueva y  la del noroeste  de Castilla -León, llegando a la conclusión de que  hasta comienzos de la segunda década  del siglo XVII, dicho diferencial  es predominantemente positivo, es decir los dos índices evolucionaron de forma paralela entre 1520 y 1610. En cambio el diferencial de los índices entre 1610 y 1650, aparece dominado por los valores negativos, a la hora de examinar los componentes tendenciales, tendiendo a aumentar las diferencias en valores absolutos. Lo que da por resultado que  las series de los precios  de las dos Castillas  no estaban cointegradas  en la primera mitad  del siglo XVII.

Del análisis de  los diferentes índices se sacan algunas consecuencias:
-          La volatilidad de los precios  fue especialmente  fuerte  antes de 1570, lo que sugiere que el crecimiento castellano  de las siete primeras décadas del XVI fue bastante inestable y estuvo sometido a convulsiones, sobre todo en la parte meridional de la Meseta.
-          Los contrastes entre  los precios de  Castilla la Nueva  y la zona noroccidental de Castilla - León  tienden a aumentar  en los primeros años del siglo XVII, debido, quizás, a la degradación monetaria.
-          La mayor volatilidad  de los precios  de artículos de primera necesidad hizo que  la capacidad adquisitiva  de los “que poco pueden” se resintiese más que la de los “pudientes”.

En el Capítulo de 1574 del MONASTERIO DE PALAZUELOS se habla de la subida de precios: Se hace mención clara a la subida de precios generalizada. Tomando como base 100 para el año 1504, se observa una moderada elevación de los tributos durante el reinado de Carlos V, correlativa al alza general de precios, o sea a la pérdida de valor de la moneda. En 1562 el índice es de 160. Pero desde esa fecha hasta 1596 el índice tributario  sube vertiginosamente y llega a alcanzar la cifra 537. No sabemos si los precios se dispararon tanto, pero indudablemente subieron mucho:[11]
“& Gasto del Capº: Ytem  mandaron  que el dicho capº  que atento  los gastos  que el padre  Abbad  deste  dho  monasterio  a hecho  en este tiempo  del capº  que por  razon  de valer mas Las cosas  de cada dia se diesse  al dicho  padre  Abbad  cien ducados  por la  costa  que se a  hecho”. [12]

En el Capítulo de 1578 del MONASTERIO DE PALAZUELOS se aplican 1.600,000 mrs. para comprar cien cargas de trigo a entregar en cuatro trienios. Sale la fanega a 29,41 rls., si dividimos 400.000 entre 400 fanegas, con lo cual nos indica el precio a que se pagaba el trigo.
“& Yten manda el Capº que se Repartan este trienio  y  en otros  tres  venideros  Vn quento  y  seysçientas  mill mrs  para que  de Ellos  se Conpre  las cien  cargas de trigo  que estan  mandadas  Comprar pª el collegio  de Alcala de manera  que Cada  trienio  se page quatro cientos mill mrs.  Con los quales se Acuda a la persona  que nrô  Rmº  nombrara y se encarga  a nrô  Rmº  padre  se emplee  en lo suso dicho  y no en otra cosa  pues para  El dicho  effecto se Conçeden  y no  pª otro. Va entre renglones: collegio  de alcala / Vala.  Se reuisa  la  diffiniçion  que habla  de las legitimas  pª  El dicho  Collegio  y Remitese  a nrô  Rmº padre general  y a los padres Consiliarios  que se hallen  los plazos en los quales  se declare  que tanto  sea de pagar  cada año  de las dichas  mrs.” [13]

El LIBRO DE CUENTAS DEL MONASTERIO DE PALAZUELOS (1568-1604) por desgracia no ofrece datos sobre el precio de la Venta de Cereales debido a que no se ajustaría a las estrictas tasas. A veces sí los cita de pasada, sobre todo cuando tiene que comprar cereales para su Gasto o completar la sementera. Pero la política normal que sigue un señorío mediano de unas 300 Hectáreas es la del pago de salarios con los mismos productos, ya que estos aseguran una cantidad de abastecimiento independiente de los precios en el mercado. Lo que ocurre es que nos vemos con la dificultad de cotejar el tiempo trabajado, con lo cual es muy poco aconsejable hacer conjeturas sólo con los salarios en especie, que sí nos ofrece de forma global para cada trabajador o grupo de trabajadores o faenas agrícolas.
Por lo tanto cualquier cálculo sobre los salarios ha de estar viciado de base en lo que se refiere al agro. Es sólo la productividad la que es un indicador de la bonanza o de una buena o mala gestión de  los modos de producción y de la misma producción, teniendo en cuenta que la climatología jugaba un papel decisivo si no se tenía una gran panera donde poder guardar para el año siguiente los excedentes. En todo caso el Monasterio logró ser autosuficiente, con lo que pudo abrirse paso en aquellas circunstancias de alza creciente de precios.

Pero como factor general, de 1580 a 1600 no sólo son los pequeños campesinos y asalariados los que sufren el alza de precios, sino también el campesinado medio, de forma  que en 1600 la situación de los grandes propietarios y arrendatarios se tornó muy difícil, debido al alza de los salarios y a la tasa impuesta sobre el grano. Según las cifras de Hamilton y sobre todo  las pragmáticas de Felipe III la situación era insostenible: “La agricultura de las tierras  se va perdiendo y menoscabando respecto de averse subido  los precios de todas las cosas... particularmente  por los abusivos  salarios  de los mozos de labranza  que solían llevar  a 10 ducados  y a 12 ducados  cada uno  y agora  que estan a quarenta  y dende arriua, asi la corta  que son más de 65 ó 70 ducados  y ansi  mismo el campo  que también solian  llevar por cada dia  a 2 rls y a 2,5  mantenidos  y agora  no quieren  para  labrar las viñas  y segar  los panes  menos de 6 y 7  reales  para cada un  dia sin la comida”.[14]
La razón de los altos salarios no estaba en la despoblación  sino que, como constata YUN a partir de las Actas del  Ayuntamiento de Medina de Rioseco (a 35 Km. del Monasterio de Palazuelos), “se a yntroducido una costumbre muy mala y perniciosa  y es que  los podadores  e jornaleros  vecinos  desta villa tienen heredades  suyas propias  o a renta  o las toman a destaxos  y por los yntereses  que se les  sigue  de laborearlas  dos otres oras  antes  que amanezca  se salen  a trabajar  a ellas”. [15]

Se da además otra circunstancia – complementaria del fenómeno anterior -  en el pequeño señorío del MONASTERIO DE PALAZUELOS, y en general, de todos los Monasterios benedictinos bien gestionados, y es que se convierten en sus propios gestores y labradores de las tierras más cercanas: Parte de la tierra era trabajada por los mismos “propietarios”, con lo que un coto pequeño pero fértil, como es el de la “Cosecha de la Casa” del Monasterio de Palazuelos podía dar unos resultados globales positivos, a pesar de la escasez de braceros, a quienes, según los indicios que tenemos, aunque no series completas de salarios, no les llegó la revolución de los precios.

El encarecimiento de los costes de producción no benefició tampoco al asalariado, sino que más bien les perjudicó, pues muchos propietarios preferían dejar de coger los frutos porque “valiendo la carga de trigo como al presente vale  no mas de  24 rls.  y un jornalero... tiene ... que segarle en un dia  y dello  a de llevar  casi la mitad  para su jornal  e para la otra mitad  restantes que de la corta  de abarbechar o sembrar las tierras  y estercolar y pagar el diezmo... no le queda nada al labrador, antes hecha la cuenta  viene a poner hacienda de su casa  y este año, siendo abundante la vendra de costa  mas de  cuarenta reales  la carga de trigo”. [16]
El fenómeno que se desencadenará enseguida es el de dar a renta o en censo pequeñas parcelas, con lo que las posibilidades de reinversión de los beneficios quedan coartadas.[17]

La producción de la “Cosecha de la Casa”, es decir de las tierras que labra el Monasterio directamente  es de 68 cargas de trigo; la de cebada es de 62 cargas y la de centeno de 11.5 cargas. Por lo tanto toda cifra en el total de cereales de la Casa inferior a 140 cargas estará por debajo de su producción anual media, siendo de destacar como muy por encima  de esta cifra los años 1574, 1598, 1599, 1600,1601 1602 y 1603, siendo la de 1604 muy baja. En cambio, muy por debajo de esta cifra tenemos los años 1581, 1582, 1583, 1584, 1586, 1590, 1593 y 1604, siendo especialmente baja en 1581, 1582, 1593 y 1604.

Con respecto a la producción total oscila mucho la proporción aportada por la cosecha de casa representando desde casi sólo una décima parte algunos años a más de la mitad en otros, y esto no sólo al comienzo del período sino también al final de él. En algunos casos la baja cosecha de “la casa” puede se explique por la necesidad de dejar en barbecho las tierras. Pero la media de la recolección total de cereales del Monasterio se sitúa  en 434  cargas anuales.

Las cifras de producción media total baja de Cereales (Trigo, Cebada, y Centeno), cuya media es de 434 cargas,  se sitúan en los años 1575 al 1578, del 1581 a 1584; también son bajas del 1591 a 1598 (exceptuándose 1590 y 1592). Del 1600 al 1604 se alternan los años aceptables con los malos, siendo la de 1604 realmente mala. Las cosechas de 1589 y 1591 son algo bajas también. La producción de trigo es baja en el 75, 82, 93, 95 y 96, y la de cebada es baja en el 91 y 93.

Ventas de cereales se producen todos los años, lo cual da idea de que, al menos, el Monasterio no tuvo que adquirir cantidades para su consumo.
La media anual del número  de Cereales vendidos por el Monasterio es de 53,25 cargas anuales para el trigo, 73,04 cargas para la cebada y 18,05 para el Centeno, situándose la media de la venta total de Cereales en 434  cargas anuales.
Las oscilaciones son, sin embargo, muy grandes  de año a año, siendo las ventas de trigo muy bajas  en los años 75, 77, 80, 85, 93, 96. Respecto a la cebada, también las ventas son bajas en el 85, 91, 93, 97 y 1601.
Como no siempre las bajas ventas (años 1575, 1577,  1593, 1595 y 1601) coinciden con los años de peor producción hay que suponer que el Monasterio en determinados años dedica cierta cantidad a operaciones invisibles de trueque en pago por adquisiciones, aunque no se nos dice expresamente. Así, en 1601 hay buena producción de trigo y cebada, pero en cambio las ventas son bajas.
En los años 74, 84, 86, 87 y 88 se dan altas cotas de producción que se reflejan también en subida en la cuantía de las ventas.
Años de ventas muy cortas son los Ejercicios de 1569, 1570 y 1571, 1575 y 1577, 1580, 1585, 1591 y 1593 (en este último sólo se venden 30 cargas en total de Cereal), 1596, 1597, 1598, 1600, 1601 y 1604.


[1] Cit. por A. RAMON: La Orden Benedictina, cap. IV, pag. 197. Citado a su vez por Herrera en CISTERCIUM: En torno a Martin de Vargas.... CISTERCIUM, 1975).
[2] SUAREZ FERNANDEZ, L.: Historia del reino de Juan I de Castilla. Madrid, 1977, p. 48.
[3] Tomamos de SUAREZ FERNANDEZ también las referencias para otros monasterios (op. Cit., págs. 307-332).
El texto arriba trascrito se repite en una actividad frenética de los copistas desde el 22 al 28 de diciembre de 1380  para ordenar la devolución de numerosas encomiendas, cambiando el texto sólo según las necesidades los nombres concretos de personas y lugares.
Es notable el número de encomiendas suprimidas, lo que lleva a pensar en una generalización de esta forma de rapiña que, a veces, había sido acordada, de buena o mala gana, con algún abad previo. No tenemos noticia, de momento, de encomiendas en la zona de Valladolid para esta época. Pero hay documentación de encomiendas usurpadas al Monasterio de Oña (A.H.N. Clero, Carp. 315, fol. 5 y 315, nº 7; supresión de las encomiendas usurpadas al Monasterio de Covarrubias (Serrano, L: Cartulario de Covarrubias, págs. 254-257); las usurpadas al Monasterio de Cardeña (Berganza, Francisco: Antigüedades y cosas memorables de España, tomo II, Madrid, 1721, págs. 210-212); las usurpadas al Monasterio de Santa María de Rioseco (A.H.N. Clero. Carpeta 358, nº 4); las usurpadas al Monasterio de Sahagún (A.H.N. Clero. Carpeta 938, nº 16 y nº 17); las usurpadas por el duque de Benavente al Monasterio de Carvajal (A.H.N. Clero. 830, nº 8) y a San Marcos de León (A.H.N. Clero. San Marcos de León, R-83); las usurpadas por don Pedro, conde de Trastamara  y pertiguero mayor de Santiago, al Monasterio de Sobrado (A.H.N. Clero. Carpeta 548, nº 18); las usurpadas por Pedro Fernández de Velasco, camarero mayor, al Monasterio de Silos (A.H.N. Clero. Carpeta 376, fol.9), así como las usurpadas a mismo monasterio por Juan Rodríguez de Castañeda; las usurpadas al Monasterio de San Pedro de Arlanza por Pedro Fernández de Velasco (A.H.N. Clero. Carpeta 372, nº 3); las usurpadas por el mismo Pedro Fernández de Velasco a Santo Toribio de Liébana (A.H.N. Clero. Carpeta 1920, nº 10); las tomadas al Monasterio de Osera por el conde Don Pedro de Trastamara, pertiguero mayor en tierra de Santiago, y por Pedro Sarmiento, adelantado mayor de Galicia  y otros altos nobles de Galicia ( A.H.N. Clero, Libro de los privilegios de Oseras, fols. 124v.-126v., Sección de Sellos, caja 23, nº 25); las usurpadas por Pedro Ruiz Sarmiento, adelantado mayor de Galicia, a San Clodio de Ribadavia (A.H.N. Registro de escrituras de San Clodio de Ribadavia, fol. 28r.); las usurpadas al Monasterio de Santa María de Armenteira (A.H.N. Clero. Carpeta 1773, nº 9); las tomadas al Monasterio de Celanova por Pedro Ruiz Sarmiento y otros (A.H.N.Clero. Carpeta 1434, nº 7), citado por Santos Diez, José Luis: La encomienda de monasterios en la Corona de Castilla, Roma- Madrid 1961, págs, 206-209); las usurpadas al Monasterio de San Millán por Pedro González de Mendoza y otros (B.N. mss. 5790, fol. 98v.); las usurpadas a San Esteban de Ribas de Sil por el conde de Trastamara y Juan Pérez de Nova (A.H.N. Clero. 1562, nº 9); las usurpadas al Monasterio de Cañas por Pedro Fernández de Velasco (A.H.N. Clero. Carpeta 1025, nº 23); las usurpadas al Monasterio de San Julián de Samos por el conde de Trastamara y otros (A.H.N. Clero. Carpeta 1261, nº 21); las usurpadas al Monasterio de Meira (A.H.N. Clero. Carpeta 1152, nº 4), también por el conde de Trastamara y otros; las usurpadas por Vasco Gómez de Sejas al Monasterio de Ferreira (A.H.N. Clero. Carpeta 1103, fol.6); las usurpadas al Monasterio de La Vid por Juan González de Avellaneda (A.H.N. Clero. Carpeta 384,nº 2) y muchas más que sería prolijo de enumerar.
[4] Esta situación general, tuvo sus excepciones, sin embargo. (Lorenzo Herrera: En torno a Martin de Vargas y la Congregación de Castilla, pgs. 283-5. CISTERCIUM, 1975).
Ver también: La Reforma de la encomienda eclesiástica en el concilio de Trento. CISTERCIUM 1962
[5] A.H.N. Clero. Cod. 85 B, fol.109 r. -114 r. Citado por PEREZ-EMBID WAMBA, Javier: El Cister en Castilla y León, s. XII – XIV.Madrid, 1986,  págs. 666 ss.
[6] VICENS VIVES: “Manual de Historia económica de España”, Barcelona, 3ª ed., 1964. También: HISTORIA DE ESPAÑA Y AMERICA, 5 vols., Barcelona, 1957-9.
[7] Ver también: NADAL OLLER, J.: La revolución de los precios españoles en el siglo XVI, HISPANIA XIX (1959), pgs. 503-529).
[8] Pasaje citado en la obra de Marjorie GRICE-HUTCHINSON: “The School of Salamanca. Readings  in Spanish  Monetary Theory, 1544-1605”, Oxford, 1952, pgs. 91-96.
[9] ELLIOT, John H.: La España Imperial, 1469-1716, Londres 1963, Madrid 2006, pgs. 192-212.
[10] Véase su artículo “Índices de precios de la zona noroccidental de Castilla-León, 1518-1650”, REVISTA DE HISTORIA ECONÓMICA, XVIII, 3, pgs.. 665-684, AÑO 2000.
[11] Cifras tomadas de Jose Mª Larraz en su libro “La época del mercantilismo en Castilla”, 1943, pg.  108.
[12] A.H.N. Sección Clero. Palazuelos. Libro 16521, fols. 42 v. Conf.:A.H.N. Sección Clero. Palazuelos. Libro 16536, pgs. 31 b – 33.
[13] A.H.N. Sección Clero. Palazuelos. Libro 16521, fol. 62 r.
[14] Orden de Felipe III al ayuntamiento de Medina de Rioseco (Libros de Acuerdos, 23 de febrero de 1603). Archivo Histórico Municipal de Medina de Rioseco (A.H.M.M.R.).
[15] Libros de Acuerdos, 23 de febrero de 1603). Archivo Histórico Municipal de Medina de Rioseco (A.H.M.M.R.). Citado por YUN, Bartolomé en su obra Sobre la transición al Capitalismo..., pg. 402.
[16] Del mismo texto de la Pragmática de 1603, citada arriba.
[17] YUN, Bartolomé en su obra Sobre la transición al Capitalismo..., pg. 404  ss.